Las 4 tendencias en derechos humanos emergentes que deben abordar las empresas

06.06.2023 | DDHH

KREAB ha elaborado un informe que da a conocer una visión actualizada de los derechos humanos que las empresas deben considerar en sus procesos de debida diligencia, así como las buenas prácticas que ya se están desarrollando para garantizar la sostenibilidad y prepararse para futuros desafíos normativos.


Los denominados derechos emergentes como los derechos digitales (incluyendo el derecho a la desconexión digital, derecho al pseudonimato, la protección de los datos o la seguridad de la información), derecho a la salud mental, derecho a un medio ambiente sano, derecho a un salario digno, derecho a la inclusión a productos y servicios, son algunos de los derechos humanos que responden a nuevas tendencias del entorno.

El informe “Tendencias en derechos humanos emergentes y empresa” plantea que un mundo caracterizado por los conflictos geopolíticos, la desigualdad socioeconómica, el cambio climático o la transformación digital, sumado al creciente poder de los agentes privados, está impulsando la necesidad de abordar los derechos humanos desde una perspectiva renovada que se extiende al mundo empresarial.

En ese sentido, las autoras destacan que “es importante entender que vivimos en un entorno cambiante que hace necesario abordar los derechos humanos como lo que son, inherentes a cada uno de nosotros en cualquier contexto y condición. Esto implica realizar un ejercicio de relectura continua para asegurar que se protegen los derechos de los diferentes colectivos de cara a los nuevos retos que van surgiendo. Y no solo desde un punto de vista ético, sino también en términos de desarrollo económico y social, así como su relación con los impactos ambientales”.


Para garantizar una implementación efectiva en los procesos de debida diligencia, el informe recomienda:

  • Considerar toda la cadena de valor en el proceso (upstream y downstream).
     
  • Entender los riesgos específicos de negocio e integrar estos procesos en mecanismos internos ya existentes para no duplicar esfuerzos.
     
  • Ir más allá de los derechos humanos tradicionales como trabajo infantil o trabajo forzoso, y considerar los temas emergentes.
     
  • No limitarse al cumplimiento legal pues puede no ser suficiente para prevenir riesgos en derechos humanos, especialmente en aquellos países con normativa poco estricta. La Unión Europea establece obligaciones sobre el impacto en países terceros.
     

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