Discriminación sindical y RSE

04.11.2011 | Contratapa

El INADI -Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo apeló la RSE en uno de sus últimos fallos por un conflicto sindical en la empresa EDET S.A. A través de su Dictamen N° 191-05 de fecha 8/08/05, determinó que la empresa cometió actos discriminatorios contra la asociación gremial APUAYE y sus afiliados despedidos y los que fueron presionados a renunciar a su afiliación. Instó a la empresa a que revise los disvalores de su “cultura empresarial”. El ministerio de Trabajo había establecido el mismo criterio.


 

Conforme sus facultades legales pide el "cese del acto discriminatorio"; exigencia formulada desde la ley y que remite también a la Ética y Responsabilidad Social Empresaria.
En efecto, ante una denuncia formalizada en diciembre 2004 por APUAYE, el organismo de aplicación de la ley Antidiscriminatoria 23.592 "velando por su cumplimiento y la consecución de sus objetivos", en un extenso y fundado Dictamen, concluye:
"Que la empresa EDET S.A. ha realizado la conducta discriminatoria 
prevista en el art. 1° de la ley 23.592, en contra de la actividad gremial de la denunciante APUAYE y sus afiliados en general y en particular contra quienes fueron despedidos y presionados para que renunciaran a su afiliación sindical, exhortando a la empresa EDET S.A. a cesar de inmediato en la actitud discriminatoria y a restablecer el goce de los derechos conculcados".
El Ministerio de Trabajo de la Nación también se pronunció en igual  sentido, según "Memorando Secretaría de Trabajo" de fecha 16/05/05.
La discriminación obedece a pautas culturales, erradicarla implica, por ende, un cambio cultural. Contribuye a este cambio hacer público ambos dictámenes, instalando el tema en la sociedad e inducir una reflexión crítica en la misma, en particular en la empresa EDET para que revise disvalores de su "cultura empresarial" y por ende sus actos y pueda así "restablecer el goce de los derechos conculcados" al igual que la mayoría y más importantes empresas del Sector Eléctrico que, respetuosas del principio de la libertad sindical, no hostigan la sindicalización de los profesionales universitarios y establecen con su organización gremial negociaciones y acuerdos convencionales.

Conforme sus facultades legales pide el "cese del acto discriminatorio"; exigencia formulada desde la ley y que remite también a la Ética y Responsabilidad Social Empresaria.
En efecto, ante una denuncia formalizada en diciembre 2004 por APUAYE, el organismo de aplicación de la ley Antidiscriminatoria 23.592 "velando por su cumplimiento y la consecución de sus objetivos", en un extenso y fundado Dictamen, concluye:

"Que la empresa EDET S.A. ha realizado la conducta discriminatoria prevista en el art. 1° de la ley 23.592, en contra de la actividad gremial de la denunciante APUAYE y sus afiliados en general y en particular contra quienes fueron despedidos y presionados para que renunciaran a su afiliación sindical, exhortando a la empresa EDET S.A. a cesar de inmediato en la actitud discriminatoria y a restablecer el goce de los derechos conculcados".
El Ministerio de Trabajo de la Nación también se pronunció en igual  sentido, según "Memorando Secretaría de Trabajo" de fecha 16/05/05.

La discriminación obedece a pautas culturales, erradicarla implica, por ende, un cambio cultural. Contribuye a este cambio hacer público ambos dictámenes, instalando el tema en la sociedad e inducir una reflexión crítica en la misma, en particular en la empresa EDET para que revise disvalores de su "cultura empresarial" y por ende sus actos y pueda así "restablecer el goce de los derechos conculcados" al igual que la mayoría y más importantes empresas del Sector Eléctrico que, respetuosas del principio de la libertad sindical, no hostigan la sindicalización de los profesionales universitarios y establecen con su organización gremial negociaciones y acuerdos convencionales.