Medidas contra discriminación por VIH

09.06.2011 | América Latina

Este miércoles 8 de abril vence el plazo legal para que los empleadores puedan adecuar dentro de sus organizaciones empresariales y en el reglamento interno diversas medidas para evitar tratos discriminatorios hacia los trabajadores infectados con VIH y SIDA por parte del resto del personal. La norma que dispuso un plazo de 90 días para su implementación, prevé las obligaciones y derechos de empleadores y trabajadores orientados a prevenir y controlar la progresión de la epidemia.


 

"La medida constituye un acto que evidencia la preocupación estatal para evitar cualquier tipo de discriminación de los trabajadores que portan dicha enfermedad, explicó el laboralista César Puntriano Rosas, al explicar los alcances de esta normativa.
 
Los empleadores públicos y privados, de esa forma, deberán promover el desarrollo e implementación de programas sobre estas enfermedades en el lugar de trabajo.
 
La norma prohíbe también que el empleador exija la prueba del VIH o la exhibición de su resultado, al contratar al personal o durante su relación laboral, sancionándose con nulidad el despido basado en que el trabajador es una persona portadora del VIH.
(Agencia Andina)

"La medida constituye un acto que evidencia la preocupación estatal para evitar cualquier tipo de discriminación de los trabajadores que portan dicha enfermedad, explicó el laboralista César Puntriano Rosas, al explicar los alcances de esta normativa. 

Los empleadores públicos y privados, de esa forma, deberán promover el desarrollo e implementación de programas sobre estas enfermedades en el lugar de trabajo. La norma prohíbe también que el empleador exija la prueba del VIH o la exhibición de su resultado, al contratar al personal o durante su relación laboral, sancionándose con nulidad el despido basado en que el trabajador es una persona portadora del VIH.

(Agencia Andina)