Se pone en marcha la Ley de Marca Colectiva

14.07.2011 | Contratapa

La Ley de Marca Colectiva promulgada en marzo pasado, se suma al objetivo de apoyar a los proyectos de desarrollo productivo y comunitario que persiguen la inclusión social de pequeños emprendedores de todo el país. Les permitirá a los microemprendedores sociales de escasos recursos económicos o en situación de vulnerabilidad social contar con un respaldo jurídico y comercial a la hora de ingresar sus productos al mercado.


 

Ocurre que la norma los habilitará para agruparse y registrar sus manufacturas bajo un mismo nombre. De esta manera, la marca colectiva se presenta como un fenómeno asociativo que potenciará el desarrollo de la economía social.
Lo novedoso de la nueva norma es que les abre las puertas de acceso a una marca a los emprendedores sociales sin necesidad de que éstos se constituyan en personas jurídicas. Antes, sólo aquellas personas físicas o jurídicas que estuviesen inscriptas en la Inspección General de Justicia contaban con esta posibilidad.
Para Raúl Alesanco, coordinador de la Red Radar, una organización que nuclea a pequeños productores del sur argentino, la posibilidad de gestionar y crear una marca entre varios emprendedores "es un incentivo verdadero y un capital de grupo" y consideró que "sería una inversión en el aire no tener una marca colectiva".
A partir de ahora, la nueva ley -cuyo proyecto fue presentado en 2006 por la ministra de Desarrollo Social de la Nación, Alicia Kirchner, que en ese momento se desempeñaba como senadora por Santa Cruz- dictamina que para acceder a esta herramienta comercial los emprendedores deberán organizarse bajo la figura de agrupamiento e inscribirse en el Registro Nacional de Efectores.
Sólo podrán llevar a cabo este trámite aquellas personas que ya figuren en el mismo registro, que funciona bajo la órbita del Ministerio Social, como emprendedores sociales. Una vez constituidos como agrupamiento, el grupo de emprendedores deberá finalizar el trámite en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, donde quedará finalmente registrada su marca colectiva.
Por otra parte, la ley especifica la gratuidad de todos los trámites que deben realizarse para registrar una marca, proceso durante el que se brindará asistencia técnica de orientación. Asimismo, aquellos que accedan a una marca colectiva podrán participar de cursos y talleres de capacitación y asistencia técnica necesarios para mejorar la calidad de sus productos, servicios y procesos de producción, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).
La herramienta permitirá también posicionar los productos regionales en el exterior. En ese sentido, Alesanco consideró que las marcas deben reflejar el origen, la calidad y el tipo de trato comercial del que se desprenden los productos, es decir, "desarrollo local, economía social y comercio justo de manera tal que el que se acerca, sepa de donde venimos y lo que somos".
(RIS)

Ocurre que la norma los habilitará para agruparse y registrar sus manufacturas bajo un mismo nombre. De esta manera, la marca colectiva se presenta como un fenómeno asociativo que potenciará el desarrollo de la economía social.

Lo novedoso de la nueva norma es que les abre las puertas de acceso a una marca a los emprendedores sociales sin necesidad de que éstos se constituyan en personas jurídicas. Antes, sólo aquellas personas físicas o jurídicas que estuviesen inscriptas en la Inspección General de Justicia contaban con esta posibilidad.
Para Raúl Alesanco, coordinador de la Red Radar, una organización que nuclea a pequeños productores del sur argentino, la posibilidad de gestionar y crear una marca entre varios emprendedores "es un incentivo verdadero y un capital de grupo" y consideró que "sería una inversión en el aire no tener una marca colectiva".

A partir de ahora, la nueva ley -cuyo proyecto fue presentado en 2006 por la ministra de Desarrollo Social de la Nación, Alicia Kirchner, que en ese momento se desempeñaba como senadora por Santa Cruz- dictamina que para acceder a esta herramienta comercial los emprendedores deberán organizarse bajo la figura de agrupamiento e inscribirse en el Registro Nacional de Efectores.
Sólo podrán llevar a cabo este trámite aquellas personas que ya figuren en el mismo registro, que funciona bajo la órbita del Ministerio Social, como emprendedores sociales. Una vez constituidos como agrupamiento, el grupo de emprendedores deberá finalizar el trámite en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, donde quedará finalmente registrada su marca colectiva.

Por otra parte, la ley especifica la gratuidad de todos los trámites que deben realizarse para registrar una marca, proceso durante el que se brindará asistencia técnica de orientación. Asimismo, aquellos que accedan a una marca colectiva podrán participar de cursos y talleres de capacitación y asistencia técnica necesarios para mejorar la calidad de sus productos, servicios y procesos de producción, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).
La herramienta permitirá también posicionar los productos regionales en el exterior. En ese sentido, Alesanco consideró que las marcas deben reflejar el origen, la calidad y el tipo de trato comercial del que se desprenden los productos, es decir, "desarrollo local, economía social y comercio justo de manera tal que el que se acerca, sepa de donde venimos y lo que somos".
(RIS)