Adidas lanza un procedimiento de quejas en materia de Derechos Humanos

01.12.2014 | Mundo

El procedimiento de quejas y reclamos de terceros focalizará en infracciones a las normas de trabajo del Grupo Adidas o en violaciones de normas internacionales de Derechos Humanos. Se basa en los requerimientos de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.


Si bien Adidas ya cuenta con un procedimiento de reclamo sobre derechos laborales que está en uso desde hace más de 10 años, la empresa apuesta por crear nuevos mecanismos de reclamación para fomentar el comportamiento preventivo. Además con este nuevo procedimiento Adidas cumple con uno de los requerimientos de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos Derechos que insta a las empresas a "establecer mecanismos de reclamación a nivel operativo eficaces para los individuos y las comunidades que puedan verse afectadas negativamente por sus actividades".

Las quejas alcanzan a la empresa y a toda su cadena de suministro. Se podrán hacer a través de línea telefónica o por correo electrónico (sustainability@adidas-Group.com)

La investigación correspondiente estará a cargo de la división de Asuntos Sociales y Ambientales (SEA) de Adidas. Se prevé la divulgación de los resultados y la remediación en caso de violación.

Es importante destacar que los Principios Rectores no requieren las empresas crear mecanismos de quejas en "derechos humanos" separadas o independientes de los mecanismos de queja existentes ya sean buzones, líneas de denuncia, acceso a personal de RR.HH. En su lugar, en caso de contar con un "ecosistema" de remediación se recomienda aprovechar los procesos existentes velando porque no haya lagunas entre lo que existe y lo que se requiere por la ley internacional.

Adidas se está encargando de informar a sus grupos de interés acerca del nuevo procedimiento. Se le cuestiona que para iniciar una investigación se deba alegar una "violación" de una norma internacional de derechos humanos. Esto es contrario a la recomendación de la Oficina del Alto Comisionado para que una empresa busque identificar cualquier preocupación "legítima" de sus grupos de interés.